Nueva medidas

El Gobierno nacional estableció que las personas que viajen al exterior por trabajo no hagan aislamiento

La medida fue acordada por medio de la Decisión Administrativa 846/2021 que se publicó el pasado viernes 27 de agosto en el Boletín Oficial.
domingo, 29 de agosto de 2021 · 13:31

El Gobierno nacional confirmó que los argentinos y residentes que hagan viajes al exterior por razones laborales o comerciales y cuenten con el esquema completo de vacunación no deberán realizar un aislamiento cuando regresen a Argentina.

La medida, firmada por el jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, fue acordada por medio de la Decisión Administrativa 846/2021 que se publicó el pasado viernes 27 de agosto en el Boletín Oficial.

Aquellas personas que deban viajar por trabajo tendrán que tener las dos dosis de la vacuna contra el COVID 19 y la aplicación de esta deberá tener una antelación de 21 días al regreso al país (por lo menos). En el caso de vacunarse en el exterior, se deberá  facilitar la documentación necesaria.

Aeropuerto en pandemia. 

El Gobierno indicó: "Adicionalmente a la prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y al test de antígenos exigido al ingreso al país, deberán realizarse 2 pruebas PCR, una al quinto día y la otra al décimo día, computados desde la realización del primer test, cuyos resultados deberán ser negativos”.

A pesar de la excepción de hacer cuarentena a la vuelta del viaje, se pidió que las que las personas realicen “sus actividades laborales y/o comerciales extremando las medidas de prevención y cuidado, por el plazo de 10 días computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, realizada dentro de las 72 horas previas al embarque".

Las personas no deberán hacer aislamiento.

Para la medida se pedirá informar cuál es el motivo del viaje y se tendrá que dejar constancia de los datos del empleador o el referente de la actividad.

Vale resaltar que las personas extranjeras no residentes “autorizadas expresamente” por Migraciones para desarrollar una “actividad laboral o comercial esencial para la que fueron convocadas" no deberán “cumplir con la cuarentena prevista en la Decisión Administrativa N° 2252/20".